Curso Blanqueo de Capitales

Objetivos: Conocer las obligaciones básicas que establece la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo. Que tiene por objeto la protección de la integridad del sistema financiero y de otros sectores de actividad económica.

Dirigido a: En el Artículo 2 de la Ley, nos indica las empresas afectas por esta Ley y por tanto, cuyos trabajadores deben formarse en la materia:


Las Entidades de Crédito, Bancos, Cajas de Ahorro, Servicios Postales, Financieras, Sociedades de Inversión, Sociedades Gestoras de Fondos de Pensiones, Las Entidades de Pago, Las sociedades o personas dedicadas a la Intermediación en
Actividades Financieras, Las Entidades Aseguradoras y Corredurías de Seguros, Los Promotores, y Agencias Inmobiliarias, Los Notarios, Registradores, Abogados, Procuradores, Asesorías, Gestorías, Consultorías, Las Joyerías, Galerías de Arte, Casinos, Recreativos, Las sociedades o personas que se dediquen al Transporte y Custodia de medios de pago, Las fundaciones y Asociaciones.

Además de todas estas actividades, nombradas explícitamente en el Artículo 2 de la Ley, el artículo 38 de la misma, amplía el abanico de empresas afectas por la Ley:
“Las personas físicas o jurídicas que comercien profesionalmente con cualquier tipo de bien, cuyo importe sea superior a 15.000 Euros, ya sea en una o en varias operaciones, deberá formar a sus trabajadores en la materia”.


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